¿Qué deducciones se pueden aplicar en la declaración de la Renta en Madrid?

Estamos a poco más de 3 semanas de que dé comienzo la campaña para hacer declaracion de la renta en España, en la cual, como cada año, los contribuyentes ajustarán cuentas con la Agencia Tributaria en base a sus rendimientos económicos del último ejercicio fiscal, en este caso el correspondiente a 2022. En función de la Comunidad Autónoma en la que tributes, es diferente que se necesita para hacer la declaracion de la renta y las deducciones y ventajas que puedes obtener en la misma. En el caso de la Comunidad de Madrid este año la declaración de la renta incluye varias novedades, por ello los contribuyentes deben estar atentos a las condiciones o ponerse en manos de una gestoria declaracion renta Madrid.
La Agencia Tributaria ya ha anunciado cuáles son las deducciones autonómicas que podrán hacer efectivas los contribuyentes en la declaracion de la renta, a partir del 11 de abril, día en el que dará comienzo la campaña.
¿Qué deducciones se pueden aplicar en la declaración de la Renta en Madrid?
La Comunidad de Madrid aportó en la campaña de la declaración de la renta 2021, la realizada el año pasado, un 16% de los 22,1 millones totales de contribuyentes que participaron en ella. Este año se espera que la Comunidad de Madrid vuelva a ser una de las comunidades con más contribuyentes.
Son muchas y de diferentes tipos las deducciones que las personas que tributan en esta comunidad podrán hacer efectivas al hacer declaración renta madrid:

  • Deducción por nacimiento o adopción de hijos: En este caso, la cuantía de la deducción será de 600 euros por cada hijo nacido o adoptado durante el ejercicio de 2022, aunque esta deducción permite ser aplicada en los dos ejercicios posteriores al nacimiento o adopción. Si se diese el caso de nacimientos o adopciones múltiples, los contribuyentes podrán deducir 600 euros por hijo, pero solo el primer año. Los requisitos necesarios que se necesita para hacer la declaracion de la renta son que los progenitores convivan con los menores, y que el límite de las bases imponibles generales y del ahorro sea de 30.000 euros anuales o de 36.2000 euros en el caso de tributaciones conjuntas. También se añade que la suma de las bases de todos los miembros de la familia no podrá superar los 60.000 euros al año. En el caso de que los menores convivan con dos progenitores, y que estos decidan hacer la tributación por separado, la cuantía de la deducción se dividirá entre ambos en la declaracion de la renta. La deducción por adopción internacional de niños requiere del cumplimiento de las mismas condiciones que por nacimiento, y su cuantía es también de 600 euros por niño.
  • En el caso de acogimiento familiar de menores, la Comunidad de Madrid permitirá desgravar a los contribuyentes 600 euros, y 750 euros por el primer y segundo menor respectivamente, y 900 euros de deducción del tercer menor en adelante. El límite de ingresos para que los contribuyentes puedan hacer efectiva esta deducción en la declaración de la renta es de 36.200 euros en una declaración conjunta y de 25.620 euros en una individual.
  • Hay deducciones por acoger a mayores de 65 años con una discapacidad probada igual o mayor al 33%, siempre y cuando estos no tengan ningún grado de vinculación o consanguinidad con el contribuyente, no haya derecho a ayudas o subvenciones por parte de la Comunidad de Madrid y el acogimiento se realice durante un mínimo de 183 días al año. Los límites y condiciones de las bases imponibles para la declaración de la renta son similares en esta deducción a los de el acogimiento de menores.
  • Los contribuyentes que hagan la declaracion renta madrid obtendrán deducciones por gastos escolares, de un 15% los asociados a la propia escolaridad, de un 10% los que estén relacionados con el aprendizaje de idiomas y de un 5% si se trata de vestuario escolar. La cantidad deducible alcanza los 400 euros por hijo, pero aumenta hasta 900 euros en caso de que haya gastos de escolaridad deducibles y se añaden 100 euros más si el hijo está cursando el primer ciclo formativo de Educación Infantil. Sólo podrán aplicar esta deducción en la declaración de la renta aquellos contribuyentes cuya base liquidable no supere la totalidad de multiplicar 30.000 euros por el número de miembros de la unidad familiar.
  • Habrá deducciones en la declaracion de la renta para aquellos que inviertan capital en empresas nuevas o de reciente creación, ya sea adquiriendo acciones o participaciones sociales, o para aquellos que realice inversiones en entidades que coticen en el Mercado Alternativo Bursátil. También para personas menores de 35 años que se den de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores habrá una deducción de 1000 euros siempre que dicha inscripción se alargue mínimo un año y la actividad se realice en la Comunidad de Madrid.
  • Habrá otras deducciones aplicables en la declaración de la renta Madrid por donativos a clubes deportivos o para familias con ingresos reducidos y varios descendientes.
    Todas estas deducciones se pueden consultar en la página web de la Agencia Tributaria o pueden ser explicadas en una gestoria declaracion renta madrid, y es de vital importancia para los contribuyentes ser conocedores de ellas, saber que papeles se necesitan para hacer la declaracion de la renta y poder aplicarlas, ya que pueden suponer un ahorro importante en muchos casos.

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