¿Cuándo se tienen que incluir las viviendas en la declaración de la renta?

Estas son las condiciones para tener que incluir un bien inmueble en la declaración y ver de qué manera tributan cada uno

Se acerca la declaración de la renta de 2022 y los contribuyentes vuelven a tener un mar de dudas sobre su realización. Uno de los temas más recurrentes es sobre cómo declarar una vivienda, cuándo es necesario y qué condiciones tiene que cumplir.. La Agencia Tributaria tiene establecidas una serie de normas sobre los inmuebles y de ellas dependen la tributación del IRPF de las mismas


¿Cuándo hay que declarar los inmuebles en la declaración de la renta?


Todos los contribuyentes están obligados a incluir en su declaración de la renta el inmueble que sea considerado como su vivienda habitual. En España es considerado vivienda habitual cuando la persona ha residido por más de 3 años en el inmueble, aunque hay circunstancias que pueden hacer variar esto. Estas son dependiendo de la situación de cada uno, posibles mudanzas, separaciones matrimoniales, que pueden hacer variar esta condición a una nueva vivienda habitual siempre que esté justificada.


Esto es importante remarcarlo ya que este tipo de domicilio no genera ningún tipo de renta ni tributación en el IRPF, es considerado como un bien estándar en el que el contribuyente desarrolla sus actividades personales. Otra circunstancia que puede hacer adquirir al inmueble de esta condición es la recepción por herencia de un inmueble y que tenga carácter permanente, siempre que sea notificado en un plazo de 12 meses hábiles.


Sin embargo, la regulación tipificada del IRPF establece que, según el uso de los inmuebles de cada contribuyente, serán categorizados de una manera o de otra y podría variar su tributación a mayor o menor cantidad. Por ello, el resto de viviendas que no cumplan con la condición de ser la habitual están obligadas a ser declaradas.


Lo más recomendable es acudir a una gestoria declaracion renta para que puedan asesorar al contribuyente sobre que papeles necesito para la declaracion de la renta y no cometer errores a la hora de tributar un bien, que según sus características variará su tributación.


¿Qué criterios existen para este tipo de inmuebles?


Según la Agencia Tributaria, este tipo de viviendas son consideradas como imputación de rentas inmobiliarias y se incluyen a las propiedades en las que: por ser propietario o titular de un derecho real de disfrute sobre bienes inmuebles. Este tipo de bienes tendrán la tributación del 2% sobre su valor catastral. Este término se refiere al valor monetario que la Administración Pública otorga a cada inmueble. Sabiendo esta cifra, la tributación será del 2%, que será entregado a Hacienda como correspondencia de ser considerado segunda vivienda.


La tributación puede variar si el valor catastral del bien no es comprobado desde hace 10 años o más, es decir, no esté definido actualmente y sea considerada como antigua. El porcentaje entonces bajaría y sería una tributación del 1.1% sobre la mitad del precio por el que se adquirió dicha vivienda en su momento. Por ejemplo, si una vivienda tiene cierta longevidad y el valor catastral no está establecido, el porcentaje se aplicará a la mitad del precio por el que el propietario obtuvo dicho inmueble, a pesar de que haya ganado o perdido valor.


Esta tributación se aplicará siempre y cuándo se cumpla el requisito de que este bien no esté vinculado a ningún tipo de actividad económica que genere rendimientos de capital y que no esté en construcción. Con el cumplimiento de esta condición el inmueble será considerado como renta inmobiliaria imputada y tendrá una tributación mínima.


Para ello, es mejor acudir a un sitio especializado como una gestoria declaracion renta para que puedan asesorar a la persona y dejar claro qué tipo de tributación corresponde a cada situación. El contar con un gestor declaracion renta al servicio del contribuyente ayudará a no cometer errores que puedan encarar una posterior sanción o investigación sobre su actividad fiscal


¿Qué ocurre cuándo si se ha obtenido un beneficio de estos bienes?


SI el propietario ha destinado este inmueble para la obtención de un rendimiento de capital entonces entran diferentes realidades donde pueden variar su tributación. Si una persona ha alquilado esta vivienda, tendrá que prorratear a Hacienda el periodo en el que haya ocurrido esta actividad y tributar el beneficio obtenido en base a la normativa establecida sobre las actividades económicas de alquileres e inmuebles.


Sin embargo, si un inmueble ha sido cedido de un familiar a otro sin ningún tipo de coste estructural, el inmueble podría ser considerado como vivienda habitual para el destinatario, aunque si el familiar que entrega el inmueble no lo hace de manera gratuita, la vivienda tributaría como rendimiento de capital inmobiliario.


Esta situación se asemeja mucho a la venta de una casa. Si una persona decide vender su segunda residencia, tendrá que gestionar los trámites arrendatarios (Impuesto sobre Bienes e Inmuebles, plusvalía municipal y el correspondiente IRPF) y posteriormente en su declaración será incluido como beneficio inmobiliario para justificar sus cuentas. Posteriormente justificado la tributación será en mayor o menor medida dependiendo de la cantidad por la que se haya vendido la vivienda


Es decir, a la hora de que una persona quiera obtener un rendimiento capital de un bien de su propiedad, sea en venta o en alquiler, conllevará a una posterior justificación de las cuentas a la hora de realizar la declaración de la renta y según el beneficio obtenido su tributación con el IRPF será mayor o menor.
Para tener una mayor compresión y facilidad a la hora de tributar este tipo de inmuebles, lo más recomendable es acudir a una gestoría declaración renta que puedan asesorar a la persona para poder hacer la declaración de la renta sin ningún tipo de error o inconveniente futuro.

CCOO acusa a la Comunidad de Madrid de la situación de Castilla y León

El sindicato reclama la imposición de nuevos tramos del IRPF para gravar a las grandes fortunas


El encuentro ocurrido el pasado 17 de marzo ha desembocado en una intervención de dos de los representantes del sindicato alegando una serie de medidas. En primer lugar y pilar de su discurso, han propuesto la implantación nuevos tramos de IRPF como alternativa a la situación actual que se vive en ambas Comunidades Autónomas. Con ello creen que se conseguiría una mayor recaudación de dinero que posteriormente se pueda invertir en el sector público. Esta medida va destinada a las grandes fortunas que creen que son los que más deben de aportar a la hora de tributar su ejercicio fiscal.

Además, califican que la intención de los dirigentes de los territorios de Castilla y León y Madrid es privatizar muchos de los sectores de la población y que a largo plazo generará una desigualdad difícil de reparar.
Este sindicato, conocido internacionalmente como uno de los más importantes a nivel de trabajadores, ya ha manifestado de diferentes modos el rechazo a este tipo de políticas y achancan al líder de Castilla y León que estas medidas están generando una marcha fragante de las empresas hacia Madrid, territorio que califican como “paraíso fiscal”

¿Qué tramos propone el sindicato CCOO?

Los dos máximos representantes del sindicato, Andrés y López, han reclamado que la instauración de dos nuevos tramos de IRPF, que pretender gravar a las grandes fortunas. El primero incluiría a las personas que hayan obtenido un beneficio económico de más de 120.000€ y menos o igual de 175.000. No han dejado claro el tipo de porcentaje que estos deberían de tributar, sino que esta propuesta está basada en los tramos que se deben de imponer

El segundo constaría las personas que hubiesen conseguido un resultado positivo en su ejercicio fiscal de más de 175.000€. Al igual que el caso anterior no especifican que tipo de tributación deberían de seguir, solo protestan que este tipo de fortunas se vena eximidas de tener un porcentaje más alto.


Además de esta propuesta, han querido recalcar algunos aspectos como el problema de la economía sumergida que se produce en este país y que contrae consigo una pérdida de 80.000 millones de euros. También han enfatizado en que hay que erradicar las bonificaciones de determinados impuestos y la exploración de nuevos impuestos basados en el medio ambiente
Con todo ello, el objetivo que ha remarcado Andrés al finalizar su intervención, es que supondría un beneficio de más de 1.000 millones de euros para Castilla y León y que podrían solventar el estado de los servicios públicos que se viven en esos territorios.


Si estas medidas fuesen llevadas a cabo supondrían un cambio para muchas de las personas que tuviesen que realizar la declaración de la renta. Según la opinión de un gestor declaración renta, puede ser una gran medida, pero debe ser estudiada y bien explicada.


Este tipo de nuevos tramos podrían confundir aún más y debería de ser estudiada con detenimiento. Podrían llegar a confusión a personas que no sepan cómo funciona la normativa fiscal en su totalidad. Contribuyentes que hayan podido vender una vivienda pueden no tener este conocimiento y cometer errores graves que les llevasen a una posible inspección de Hacienda. Por ese motivo lo más cauto es establecer desde un inicio todas las pautas a seguir para que tanto contribuyentes como gestores, no tengan que confrontarse con diversos problemas que puedan suponer una posible multa o no.

¿Por qué se están yendo las empresas de Castilla y León?


El CCOO ha representado en reiteradas ocasiones que España tiene que tener una reforma fiscal que intente gravar a las grandes fortunas, ya sean personas físicas o jurídicas. La marcha de muchas de las empresas del sur de Castilla y León hacia Madrid es uno de los grandes problemas que este organismo quiere solventar.


Culpan al gobierno de Isabel Díaz Ayuso de ser el gran factor del abandono de los empresarios de Castilla y León. La secretaria de CCOO de Madrid recalco que Ayuso utiliza a la ciudad como “laboratorio” y que esto lo están aprovechando los empresarios para incrementar su fortuna.


Según los datos del INE, en el año de 2022 Castilla y León llegó a triplicar a la media nacional el porcentaje de bajada de la creación de sociedad mercantiles, un dato abrumador. Esta intervención por parte de la CCOO finalizó con un gran aplauso de los presentes y pretenden seguir protestando ante este tipo de situaciones

¿Cómo desgravan los hijos en la declaración de la renta?

Toda declaración de la renta debe de ser clara a la hora de presentar los documentos pertinentes, para saber la cantidad de IRPF que debes pagar o haber pagado a Hacienda. Lo bueno que ofrece la Agencia Tributaria es que se adapta a la situación de cada contribuyente, es decir, no todo el mundo tiene los mismos gastos ni las mismas ganancias y eso lo tiene en cuenta Hacienda a la hora de reclamar la tributación de cada uno.

Algo muy usual en la población española es el tema de que se necesita para la declaración de la renta si tengo hijos a mi cargo. Este tema suscita muchas dudas en los contribuyentes y muchos no saben qué beneficios se tienen a la hora de hacer la declaración.

¿Los hijos pueden desgravar en la declaración de la renta?

Sí, los descendientes pueden reducir la cuantía de IRPF que se tenga que pagar. Esto es así ya que Hacienda impone unos tramos de dinero que son posibles de deducir del IRPF ya que los considera como gastos imprescindibles para la manutención de los hijos. Estos tramos marcados por la Agencia Tributaria están marcados por el mínimo de descendientes que cumplan los requisitos para ser contados como tal.

En definitiva, no todos los hijos podrán ser incluidos en la declaración de la renta, solo los que tengan las características necesarias según el criterio de la agencia.

  • Que el descendiente sea menor de 25 años, a menos que tenga un grado de discapacidad del 33% o mayor
  • Que resida en el mismo domicilio que el contribuyente que vaya a incluirlos en la declaración. En este criterio Hacienda no exime a las parejas que se hayan divorciado, para ello tendrá en cuenta qué progenitor tiene la custodia del hijo y qué dependencia económica tiene con su progenitor (casos como pagos por manutención se equipararán a la convivencia, aunque no convivan de manera física)
  • Descendientes con un ejercicio fiscal menor a 8.000€
  • Hijos que no presentasen la declaración de la renta por una cuantía mayor a 1.800€ anuales (en este caso puede incluir a descendientes con actividad laboral que no cumplan el mínimo para realizar la declaración y que hayan decidido no presentarla)

Sin embargo, en los próximos días la Agencia Tributaria compartirá los manuales básicos donde reflejarán si ha habido una variación en este tipo de condiciones.

¿Qué deducciones se obtienen con los hijos en la gestoria declaración de la renta?

Las reducciones en la declaración dependerán del número de personas que formen ese núcleo familiar y de la situación de cada una. Aunque, teniendo en cuenta que se cumplen los requisitos para poder incluirlos, estas son las cuantías de reducción del IRPF:

  • El primer descendiente tendrá una reducción de 2.400€ anuales en la declaración de la renta del progenitor
  • El segundo tendrá le otorgará una reducción de 2.700€ anuales
  • El tercero supondrá una reducción de 4.000€ anuales
  • El cuarto repercutirá en la declaración de la renta con un descuento en el IRPF de 4.500€ anuales

Todas estas reducciones no son excluyentes una de la otra, son compatibles una de otra y el tener un nuevo miembro familiar no exime la reducción del otro descendiente anterior, siempre y cuando este cumpla con las condiciones necesarias. En definitiva, si un núcleo familiar tiene dos hijos, uno de 9 años y otro de un año, se pueden declarar los dos y no se exime la paga de uno por el nacimiento de otro, es decir, la reducción sería de 4.100€ en total.

¿Dónde se incluyen los hijos en la declaración de la renta?

Pueden ser incluidos en el apartado de “Datos identificativos” dentro del borrador. En esta sección se deben incluir los datos pertinentes que reclama la Agencia Tributaria sobre cada miembro del núcleo familiar que sea considerado descendiente. Para ello, primero se deberán incluir los posibles datos que la propia página no haya inscrito. Para ello puede darle al símbolo del lápiz, a la derecha de cada apartado donde sea correspondiente.

Tras esto, se abrirá un desplegable donde se podrán incluir todos los datos necesarios relacionado con el descendiente: relación con él, tipo de custodia, datos personales… Si esto ya ha sido rellenado posteriormente se pulsa en aceptar para confirmar esos datos. Por último, se hace clic en “continuar” para seguir con su declaración de la renta y se accederá al resumen de declaraciones. En este apartado se podrá ver realmente si han sido incluidos en la declaración y que reducciones han sido aplicadas.

Lo más recomendable es acudir a una gestoría declaracion renta que indique que se necesita en la declaracion de la renta para no cometer errores a la hora de introducir los datos de los descendientes.

¿Cómo afecta esto al hacer la declaración de la renta como unidad familiar?

Para comprender esto, primero se debe saber el concepto de unidad familiar que impone la Agencia Tributaria para ser considerada como tal. Para ello, Hacienda diferencia los casos de matrimonio y se de separación. Estos son los criterios:

  • En caso de matrimonio, los cónyuges todavía unidos y, en caso de que los hubiera:
    • En primer lugar, los hijos menores que residan con sus padres y los que no convivan con ellos, con un cometimiento previo de los padres.
    • En segundo lugar, los hijos mayores de edad que han sido incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada
  • En caso de separación legal o no existencia del matrimonio: en este caso se incluirán a ambos progenitores más los hijos que convivan con uno u otro que reúnan los requisitos mencionados en el primer apartado

Un dato a tener en cuenta es que los hijos que alcancen los 18 años ya no podrán ser incluidos en la declaración conjunta, a menos que tengan una discapacidad permanente como se ha mencionado anteriormente. 

Aun así, la Agencia Tributaria deja claro que el número de personas que conforma el núcleo familiar será determinado según la situación existente del día 31 del último ejercicio fiscal.

Para saber qué papales se necesita para la declaracion de la renta en base a este tipo de casos lo mejor es acudir a una gestoría declaracion de la renta que ofrezca este tipo de servicios, así se evita incurrir en futuras sanciones económicas.

Gestoría e Madrid. info@gestoriaemadrid.com  Telf. 914458632 (solicite cita previa) C/General Alvárez de Castro, 41 – 28010 Madrid. 

Hoy termina la campaña de Renta 2014: algunos consejos

Hoy 30 de junio termina el plazo para presentar la declaración de la renta correspondiente a 2014. Te damos algunos consejos a tener en cuenta a partir de ahora.

Según la Agencia Tributaria, la herramienta más utilizada para presentar el IRPF ha sido el programa PADRE con 9,7 millones de declaraciones. Además, 13,6 millones han utilizado internet para presentar sus impuestos.

Recuerda que nunca está de más que, aunque ya hayas presentado tu declaración, dediques un tiempo para repasarla una vez más. Sobre todo en el caso de lasdeducciones a las que tienes derecho.

También te recomendamos que siempre guardes una copia de tu declaración de la renta (a pesar de que puedes acceder a tu declaración a través de la Agencia Tributaria). Si cuentas con una copia de la renta, podrás guardarla durante el periodo de cuatro años,que es el que impone Hacienda para repasar las declaraciones y exigir responsabilidades al contribuyente.

 

Otro consejo:

Teniendo tan reciente la declaración de la renta 2014, aprovecha para organizar tu futura declaración de 2015. Teniendo en cuenta tu cartera de inversiones o ingresos inesperados te será más fácil realizar la próxima declaración de la renta, además te será útil para pensar medidas que reduzcan tu factura fiscal.

Consulta el estado de tu Declaración de la Renta

altA tres semanas del final de la campaña de la declaración del IRPF, quienes hayan cumplido su cita anual con Hacienda querrán olvidarse de su declaración hasta el año que viene.Sin embargo existen casos en los que les interesará conocer el estado de su declaración, sobre todo cuando es Hacienda quien tiene que devolver dinero. Te explicamos cómo consultarlo.

 

Se puede consultar el estado de la declaración de la renta de dos formas, dependiendo si la campaña ha finalizado o no:

 

Consulta durante la campaña de renta:

En este caso el trámite es más sencillo. Para poder realizar una consulta del estado de la declaración de la renta durante el periodo del pago del impuesto podrás hacerlo mediante lapágina web de la Agencia Tributaria. Bastará con acudir al icono central del ejercicio correspondiente o a través del enlace impuestos. Una vez dentro, a través del icono de“Consultar Devolución”.

Después deberás indicar el NIF, primer apellido y el resultado de la casilla 620 de la renta, así podrás acceder al estado de tu declaración.

 

Consulta fuera del periodo de renta:

Para poder consultar el estado de tu declaración fuera del periodo de renta deberás acceder al icono central de “impuestos” o a la página de la AEAT destinada a realizar trámites telemáticos.

Tendrás que dirigirte a la zona de “Mis Expedientes” y seleccionar el apartado“impuestos” para después seleccionar el de IRPF. A continuación habrá que indicar el trámite que se quiere llevar a cabo para poder consultar el estado de la declaración. Esto permite:

  • Saber en qué fase de tramitación se encuentra la declaración.
  • Si existe algún problema o requerimiento adicional por parte de Hacienda.

Recordamos que Hacienda no tiene obligación de ingresar el dinero de la devolución de la renta de forma inmediata. La Agencia Tributaria deberá primero revisar la declaración ycuenta con un plazo legal para devolver hasta el 31 de diciembre (6 meses). Fuera de esta fecha, Hacienda deberá compensar al contribuyente por interés de demora.